Reformas Institucionales
Iniciativa de la sociedad civil contra la corrupción
Comunicado de prensa politización contralorías
Comunicado de prensa – abril 2017
EL FENÓMENO DEL ‘RATÓN CUIDANDO EL QUESO’ ES UNA DE LAS
PRINCIPALES CAUSAS DE LA CORRUPCIÓN EN COLOMBIA:
Entidades de la sociedad civil le han solicitado al Gobierno Nacional y al Congreso de la República
reformar el sistema de elección de los jefes de las contralorías territoriales para tecnificarlas y fortalecerlas
PORQUE LAS CONTRALORÍAS TERRITORIALES NO EJERCEN UN CONTROL
FISCAL EFECTIVO AL ESTAR COOPTADAS POR LOS POLÍTICOS A QUIENES VIGILAN
Bogotá, abril 2017 – Un informe de la Auditoría General de la Nación señala que en 2015 existió un presunto detrimento patrimonial de $18.9 billones, de los cuales sólo se recuperaron $322.432.69 por concepto de responsabilidad fiscal.
El sistema de control fiscal territorial carece de independencia frente a los entes o sujetos investigados en virtud de que el origen de los contralores es político. Los concejales y diputados eligen a los 63 contralores que investigan a las cuotas políticas de aquellos en las nóminas de las alcaldías o gobernaciones.
Una investigación (anexa) realizada por la Fundación Liderazgo y Democracia, Transparencia por Colombia y el Instituto de Ciencia Política, encontró una estrecha relación entre la inefectividad del control fiscal en Colombia y la politización de las contralorías territoriales. Es evidente que la falta de un control fiscal efectivo promueve la corrupción porque desestimula la investigación fiscal y su capacidad técnica.
Evidencia
“Ningún país serio tiene 63 contralorías haciendo cada una lo que quieren” Edgardo Maya, Contralor General.
“Contralorías regionales son cómplices de corrupción” Juan Martín Caicedo, Presidente de la Cámara Colombiana de Infraestructura.
“De los 250 mil millones que se invirtieron en el control fiscal en los últimos cuatro años, se ve una recuperación de 39 mil millones de pesos de los 406 billones que se auditaron (…) De cada mil pesos que están en el control fiscal, sólo se recuperan 40 pesos” Luis Carlos Pineda, Auditor General de la República (E).
Anexo: Recortes de prensa del último año e investigación completa con evidencia.
Carta solicitud de la sociedad civil al Presidente de la República y al Presidente Congreso de la República
Bogotá D.C.,abril 2017
Señor
Presidente de la República
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
Señor
Presidente Congreso de la República
MAURICIO LIZCANO
Ciudad
ASUNTO: Solicitud de reformar el sistema de selección de las contralorías territoriales para despolitizarlas y permitirles luchar efectivamente contra la corrupción
Respetados Presidente de la República y Presidente del Congreso:
Las entidades abajo firmantes, miembros de la sociedad civil, solicitamos respetuosamente se introduzcan de manera urgente cambios efectivos en la legislación que regula el proceso de nominación y elección de los contralores territoriales.
No hay un sistema de control fiscal territorial efectivo en el país debido a la politización de las contralorías territoriales. Una investigación que realizamos (anexa) evidenció la estrecha relación entre la inefectividad del control fiscal en Colombia y la politización de las contralorías territoriales. Es evidente que la falta de un control fiscal efectivo promueve la corrupción porque desestimula la investigación fiscal y su capacidad técnica.
El Contralor General de la República ha dicho que “ningún país serio tiene 63 contralorías haciendo cada una lo que quiere”. El Presidente de la Cámara Colombiana de la Infraestructura sostuvo recientemente que “las contralorías regionales son cómplices de corrupción”. El ex Auditor General (2011) aseguró que “En la forma de elección de los contralores, intervienen las corporaciones públicas de elección popular, quienes al realizar la elección del contralor son permeadas por intereses políticos y hasta económicos que afectan la imparcialidad del respectivo contralor”.
Así mismo, la medición del Índice de Transparencia Departamental, en su capÍtulo de Contralorías, señala que “Los órganos de control territorial, encargados del control fiscal en los departamentos, obtienen una calificación promedio de 55,5/100 puntos, casi tres puntos por debajo del promedio de calificación que logran las gobernaciones, uno de sus sujetos de control (59,1/100). Tal puntaje pone a las contralorías en el rango de riesgo alto de corrupción en la gestión administrativa y señala una doble alerta, puesto que está en entredicho la gestión institucional y misional de las contralorías. En la medición 2013 – 2014 “Solo las contralorías del Huila y Meta logran calificaciones que las ubican en riesgo moderado, mientras que 56 por ciento de las entidades evaluadas se clasifican en riesgo alto y muy alto de corrupción. En nivel de riesgo medio se ubica el 38 por ciento y el nivel de bajo de riesgo de corrupción queda desierto” (Transparencia por Colombia, 2015).
El sistema de control fiscal carece de independencia frente a los entes o sujetos investigados en virtud de que el origen de los contralores es político. Los concejales y diputados eligen a los 63 contralores que investigan a sus cuotas políticas en los cargos de las alcaldías o gobernaciones.
El sistema actual de elección de contralores presenta fallas que requieren de reforma legal para ser corregidas. Las tres principales fallas son: 1) falta de claridad en las reglas, 2) conflicto de intereses en el proceso de elección, 3) cambios de reglas durante el desarrollo del concurso.
A la salida de la Comisión Nacional de Moralización el 24 de febrero de 2017, con la asistencia del Presidente de la República, el Secretario de Transparencia, el Procurador General de la Nación, el Contralor General de la República, el Fiscal General de la Nación, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Senado de la República, la Cámara de Representantes, el Auditor General de la República, la Defensoría del Pueblo, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Justicia, el Presidente Juan Manuel Santos sostuvo: “Hemos propuesto una gran reforma constitucional del control fiscal, de toda la administración de las contralorías, porque, como lo dice el señor Contralor, es físicamente imposible tener una buena administración fiscal, un buen control fiscal, con 63 contralorías independientes.”
Consideramos que es posible que la reforma anunciada no ataque a fondo el problema de politización del control fiscal territorial. Por esta razón, proponemos respetuosamente que se contemple la posibilidad de establecer un sistema de selección meritocrático de los contralores departamentales, municipales y distritales, y de sus funcionarios.
Anexo pueden encontrar el informe que describe la problemática y que contiene la evidencia periodística y estadística encontrada.
Cordialmente,
Álvaro Forero Tascón | Director Fundación Liderazgo y Democracia | ||
Adriana Mejía | Directora Instituto de Ciencia Política | ||
Andrés Hernández | Director Transparencia por Colombia | ||
Bruce Mac Master | Presidente Asociación Nacional de Empresarios de Colombia | ||
Rafael Aubad López | Presidente Ejecutivo Proantioquia | ||
Juan Martín Caicedo | Presidente Cámara Colombiana de la Infraestructura | ||
Catalina Montoya Montoya | Directora Unidad de Acción Vallecaucana | ||
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Fernando Guzmán | Presidente Asociación de Ciudades Capitales | ||
Ángela Escallón Emiliani | Directora Fundación Corona | ||
Carolina Calderón Guillot | Directora Fundación Cívica por Cartagena – FUNCICAR | ||
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Alejandra Barrios | Directora Misión de Observación Electoral – MOE | ||
Antonio García | Presidente Asociación Colombiana de Ingenieros | ||
Vivian Eljaiek Juan | Gerente ANDI – Fundación Mamonal | ||
Félix Manzur | Director Cámara de Comercio de Montería | ||
Maite Careaga Directora | Centro de Liderazgo Público – Universidad de los Andes | ||
Catalina Botero | Decana Facultad de Derecho – Universidad de los Andes |
INFORME SOBRE LA POLITIZACIÓN DE LAS CONTRALORÍAS TERRITORIALES
No hay un sistema de control fiscal territorial efectivo en el país debido a la politización de las contralorías territoriales
BOGOTÁ, ENERO DE 2017
I. Introducción
La Fundación Liderazgo y Democracia, el Instituto de Ciencia Política y Transparencia por Colombia constituyeron el Grupo de trabajo multipartidista – sociedad civil para reformar el sistema de elección de contralorías territoriales. Con este se busca estudiar y proponer soluciones institucionales en materia de control fiscal que combatan la corrupción en Colombia. Diferentes reportes periodísticos e informes de la Auditoría General de la Nación permitieron identificar que no hay un sistema de control fiscal territorial efectivo en el país debido a la politización de las contralorías territoriales.
El grupo de trabajo busca el objetivo de la Reforma de Equilibrio de Poderes que estableció en la ponencia del primer debate en el Congreso, lo siguiente: “el mejoramiento del sistema de controles adoptando reglas para impedir el intercambio de favores entre ‘controladores’ y ‘controlados’ (…) y la implementación de procesos de transparencia efectiva para la postulación y elección de candidatos a los órganos de control”.1
Este documento busca señalar la relación entre la inefectividad del control fiscal en Colombia y la politización de las contralorías territoriales, la cual se da desde el proceso de elección de los contralores. Para hacerlo, la Secretaría Técnica de la Fundación Liderazgo y Democracia hizo una revisión de prensa que evidencia la falta de un control fiscal efectivo y su politización, que se mostrará más adelante.
II. Problema
“De cada mil pesos que están en el control fiscal, sólo se recuperaron 40 pesos”.
En Colombia no hay un sistema de control fiscal efectivo
Entre el 2013 y 2015, la Auditoría General de la República (AGR) informó que las contralorías recibieron 16.462 requerimientos ciudadanos, de los cuales sólo fueron atendidos 2.344. Existió un presunto detrimento patrimonial de $18.9 billones, de los cuales sólo se recaudaron $322.432.692 por responsabilidad fiscal3.
Informes de la AGR anteriores demuestran que no es una problemática nueva. Entre el 2009 y 2011, las contralorías debieron auditar 7.793 entidades, de las cuales auditaron sólo 3.281. Para 2010, la cartera por cobrar de las contralorías ascendía a la suma de $657.020 millones y el recaudo del año en las dependencias de jurisdicción coactiva fue de $13.671 millones. El valor de los procesos de responsabilidad fiscal era de $3.4 billones de pesos, de los cuales se recaudaron $79 mil millones de pesos.
Si bien a principios 2011 la efectividad en procesos de responsabilidad fiscal y jurisdicción coactiva aumentó de un 14% a 28%5, estos resultados no reflejan un mejoramiento sustancial del control fiscal territorial
El actual Auditor delegado denunció en el noticiero CMI que en los últimos cuatro años las contralorías territoriales invirtieron 250 mil millones en control fiscal y auditaron 406 billones de pesos, de los cuales sólo se recaudaron 39 mil millones de pesos.
Un ejemplo emblemático de la problemática del control fiscal territorial es el desfalco de más de $2,2 billones de pesos en Bogotá durante la administración Samuel Moreno.
En la actualidad, la inversión en infraestructura a nivel regional y local ha tenido un aumento sustancial, generando mayores estímulos a la corrupción. El presidente de la Cámara Colombiana de Infraestructura denunció en enero de 2017 que las contralorías regionales son cómplices de corrupción.
III. Diagnóstico: ¿por qué no hay un control fiscal efectivo?
El sistema de control fiscal carece de independencia frente a los entes o sujetos investigados, en virtud de que el origen de los contralores es político. Esto significa que los concejales y diputados que eligen a los contralores pueden proteger a sus cuotas políticas en los cargos de las alcaldías o gobernaciones. La falta de control fiscal efectivo, que promueve la corrupción, se debe en parte a la politización de las contralorías territoriales porque desestimula la investigación fiscal y su capacidad técnica. Según López (2006), “los contralores, al ser elegidos por los órganos de elección popular pierden independencia en el ejercicio de una función de control, ya que estas corporaciones forman parte de las entidades a las que la Contraloría debería vigilar. (…) Los contralores, si bien reúnen las calidades formales de la ley, no han resultado tener la experiencia y conocimientos necesarios para gerenciar el nuevo sistema de control fiscal y su sistema de auditoría, que requiere conocimientos profundos y una preparación técnica adecuada.
Politización
El estudio de Ochoa y Charris, El Sistema de Control Fiscal Nacional, encuentra que “la politiquería y el clientelismo político han deteriorado el control fiscal (...) Esto ha facilitado la realización de numerosos ilícitos en los gobiernos locales y ha estimulado el avance de la corrupción.”8
La politización no permite la necesaria independencia entre los órganos de control y las entidades y funcionarios que vigilan. En segundo lugar, no permiten que se elija la persona con más capacidades para el ejercicio del cargo de contralor territorial, quien a su vez designa funcionarios por compromiso político con los concejales y diputados que los elijen.
Un ejemplo representativo es el del ex Procurador General Alejandro Ordoñez que en 2013 nombró en la Procuraduría familiares de magistrados de la Corte Suprema de Justicia, entidad que lo ternó para el cargo, y de senadores encargados de su elección. El Concejo de Estado declaró nula la elección de Ordoñez por violar el artículo 126 de la Constitución que prohíbe a los servidores públicos nombrar a sus familiares y a familiares de personas que puedan intervenir en su elección9.
A. Fallas del sistema de elección de contralores por efectos de la politización
Se encontró que el sistema actual de elección de contralores presenta fallas por tres razones:
1) falta de claridad en las reglas.
2) conflicto de intereses en el proceso de elección.
3) cambios de reglas durante el desarrollo del concurso.
A1. Falta de claridad en las reglas:
La Ley de Equilibrio de Poderes de 2015, en objetivo de restablecer el equilibrio de las ramas de poder en Colombia y modificando entre otras medidas, la forma de elegir a los contralores. La reforma estableció que los concejos municipales y las asambleas departamentales ya no recibirían una terna elaborada por los tribunales administrativos, sino que se encargarían directamente del proceso de elección a través de convocatoria pública.10
Sin embargo, no se expidió una reglamentación que estableciera un procedimiento claro y expreso de convocatorias públicas para la elección de contralores territoriales. Ante este vacío, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado estableció que:11
“Para la elección de contralores territoriales por parte de las asambleas departamentales y los concejos municipales y distritales se puede aplicar por analogía, mientras se expide una ley que regule las convocatorias públicas, la Ley 1551 de 2012 y su Decreto Reglamentario No. 2485 de 2014 sobre concurso público de méritos para la elección de personeros municipales y distritales, teniendo en cuenta en todo caso que en la escogencia final no aplica un orden específico de elegibilidad entre los seleccionados.”
Existe una discrepancia entre la Ley de Equilibrio de Poderes y el concepto de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado puesto que la primera expresa que la elección de contralores territoriales se debe realizar por convocatoria pública y la segunda establece que se puede hacer por concurso público de méritos. Esta diferencia generó que en 2016, Son 37 de convocatoria pública (19 departamentales y 18 municipales) 14 concurso público de méritos y 12 sin información precisa. La diferencia entre ambos mecanismos es que la convocatoria pública permite evadir el propósito meritocrático, porque no obliga a escoger al candidato con mayor puntaje.
A2. Conflicto de interés en el proceso de elección:
El Auditor General de la República del período 2009-2011 concluyó que la politización permite conflictos de interés: “Hay una razón de fondo que hace que este sea un panorama del control fiscal territorial preocupante: la forma de elección de los contralores, en la cual intervienen las corporaciones públicas de elección popular, quienes al realizar la elección del contralor son permeadas por intereses políticos y hasta económicos que afectan la imparcialidad del respectivo contralor.
Evidencia de tipos de politización:
- Corrupción: En la convocatoria pública para la elección del contralor del Guaviare, el Secretario de Transparencia de la Presidencia de la República denunció que hay evidencia de que los diputados de la Asamblea vendieron su voto por 50 millones de pesos por medio de una letra.
- Vínculos con gobernador de turno y/o funcionarios públicos:
Según el informe de la Fundación Paz y Reconciliación, en Córdoba, Cesar, Magdalena, Sucre, Tolima y Bogotá, la elección de contralores estuvo marcada por intereses de grupos regionales de políticos.
En Córdoba, Emilio Ramón Otero Dajud, ex secretario del Senado de la República, fue nombrado Contralor Departamental bajo la figura de urgencia manifiesta. Existen denuncias de que llegó al cargo por un acuerdo entre congresistas y partidos políticos.
En Antioquia la elección del contralor estuvo influida por la presidente de la Asamblea Departamental, la contralora saliente y un Senador de la República, según el medio digital Las 2 Orillas16.
- Irregularidades en el mecanismo de evaluación: la Ley de Equilibrio excluyó a las autoridades judiciales de la elección de servidores públicos, para despolitizar la justicia.
En el caso de los contralores territoriales, reemplazó la terna de los tribunales administrativos por la facultad a las corporaciones públicas de regular la forma de nominación de los candidatos. Al hacerlo, depositó en las corporaciones públicas, tanto la facultad de escoger a los contralores, como de controlar el procedimiento en que se nominan. Esto ha permitido que las corporaciones públicas establezcan formas de nominación de los candidatos, en apariencia meritocráticas -como la evaluación académica por parte de universidades- se presten a manipulaciones políticas dejando de ser garantía de independencia y transparencia. Es decir, terminó permitiendo que la totalidad del proceso de selección sea vulnerable a la politización.
Según El Tiempo, la Corporación Unificada Nacional de Educación Superior (CUN) encargada del proceso en Cesar, Cúcuta y Córdoba firmó convenios millonarios de regalías con el gobernador saliente en Córdoba.
A3. Cambios de reglas en el desarrollo del concurso:
Los concejos, asambleas y corporaciones públicas hacen cambios que atentan contra los principios de transparencia, objetividad, participación ciudadana y mérito, establecidos en la legislación vigente.
- Incumplimiento de las normas establecidas para las pruebas: en el caso de Cartagena, la Revista Metro comunicó que la contralora electa no superó el puntaje requerido en la prueba de conocimientos y por tanto no debió ser incluida en la terna. Según el medio, el Ministerio Público investiga a 16 de los 19 concejales en ejercicio y a 10 exconcejales por haber promovido el incumplimiento.
En Quindío, el Tribunal Administrativo admitió una demanda contra la elección de la contralora por utilizar el mecanismo de terna por la exclusión irregular de dos (2) candidatos de los cinco (5) que habían sido seleccionados por la entidad educativa19. La contralora fue suspendida de su cargo por las irregularidades en el proceso de selección y por haber violado la prohibición de haberse presentado una elección en el periodo en curso siendo candidata a la gobernación.
- Favoritismo de algún candidato: en medios regionales del Casanare se informó que la procuraduría regional inició una investigación porque el contralor electo fue incluido extemporáneamente a la lista de candidatos. La asamblea alegó que se trató de un error de digitación.
En Huila se denunció fallas en el formulario de evaluación con preguntas repetidas.
- Nulidad o suspensión del proceso: en Ibagué se presentaron casos de la violación de la prohibición de “elegir alguien que haya ocupado cargos públicos a nivel ejecutivo del orden departamental, distrital o municipal”. El Tribunal Administrativo del Tolima anuló la elección del contralor.
En Casanare se denunció el cambio no reglamentado de la entrevista por audiencia pública sin que mediara una modificación del reglamento y el Tribunal Administrativo declaró la nulidad del proceso por violación del principio de publicidad y transparencia.
El proceso de elección en Putumayo se declaró nulo por incumplimiento del plazo para explicar los términos de la elección23. En Bogotá hubo denuncias de cambio en las reglas del concurso durante el proceso y fue suspendido por el Concejo de la ciudad24.
V. Evidencia periodística utilizada en este estudio
La Secretaría Técnica de la Fundación Liderazgo y Democracia estuvo a cargo de hacer seguimiento a los procesos de elección y eventos relacionados a los 63 contralores territoriales. Para ello se realizó una revisión de prensa durante el segundo semestre de 2016.
Los recortes de prensa que se presentan a continuación evidencian los problemas de corrupción y politización de la elección de los contralores territoriales realizada durante el primer semestre de 2016. Tres evidencias representativas son las siguientes:
El caso de varios departamentos de la Costa Atlántica evidencia que las contralorías territoriales están bajo el mando de clanes regionales donde “grupos políticos se las ingeniaron para burlar y corromper la elección de contralores y personeros”
En el caso de Bogotá, se presentó una demora para la elección del contralor debido a una invalidad del proceso porque no existía una ley reglamentada por el Congreso que detallara el proceso para realizar la convocatoria pública.
El presidente de la Cámara Colombiana de Infraestructura, denunció que las contralorías territoriales son cómplices silenciosas de la corrupción en municipios y departamentos.
Sobre la propuesta de reforma del actual Contralor General Edgardo Maya, la ex contralora general Sandra Morelli dijo que “peca por timidez, si se trata de ahorrar recursos del Estado eliminando instituciones inútiles. Por el contrario, su aparente bondad constituye un golpe contra uno de los ya maltrechos principios fundantes del Estado: la autonomía territorial.”
La grave crisis que presentan varias instituciones del país requiere de reformas. La crisis inicia desde el alto nivel de corrupción a nivel municipal, que se refleja en lo regional e impacta lo nacional en el Congreso y en los organismos de control. La crisis de la administración de la justicia es una de las más grandes. Las tres ramas del poder, especialmente la legislativa y la jurisdiccional, han mostrado incapacidad para hacer las reformas. Eso hace evidente que la sociedad civil debe realizar esfuerzos por motivar la discusión sobre reformas institucionales, con el fin de contribuir a que la sociedad civil mejore la calidad de la discusión en curso sobre la forma de elección de los contralores territoriales y ampliar dicha discusión a todos los órganos de control nacionales, regionales y locales, con el objeto de reducir la influencia del clientelismo en el sistema de control y vigilancia fiscal, disciplinario, penal y de derechos humanos en el país.
Debido a la gran problemática actual, la Fundación ha venido desarrollando una propuesta desde la sociedad civil de reforma al aspecto de las formas de elección de los jefes de organismos de control junto con un grupo representativo del sector y un grupo de parlamentarios.
A continuación se presenta la primera iniciativa de incidencia presentada al Ministro del Interior en 2015, liderada por la Fundación Liderazgo y Democracia.
Antecedentes
Carta de solicitud de elección de contralores por concurso público de méritos
Bogotá D.C., 25 de marzo de 2015
Señores
JUAN FERNANDO CRISTO BUSTOS
Ministro del Interior
YESID REYES ALVARADO
Ministro de Justicia y del Derecho
Ciudad
Asunto: Artículo 30 Inciso 4to del Proyecto de Acto Legislativo número 18 de 2014 del Senado de la República y 153 de 2014 de la Cámara de Representantes “Por medio del cual se adopta una reforma de equilibrio de poderes y reajuste institucional y se dictan otras disposiciones. [Equilibrio de poderes]”
Respetado(s) Ministro(s),
Cordialmente solicitamos el apoyo del Gobierno Nacional para que sea reincorporado en la legislatura 2015 y aprobado el inciso 4to del artículo 30 del Proyecto de Acto Legislativo en referencia, tal y como se aprobó en primer debate en la Comisión Primera y en la Plenaria del Senado de la República en la legislatura 2014:
“Los Contralores departamentales, distritales o municipales serán seleccionados por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante concurso público de méritos, para un período igual al del gobernador o alcalde, según el caso”[1].
Lo anterior, teniendo en cuenta que fue modificado en la Cámara de Representantes, en la legislatura 2014, para que los contralores regionales sigan siendo elegidos por las Asambleas Departamentales y los Concejos Municipales o Distritales.
1. El sistema de elección aprobado por el Senado de la República implicaría meritocracia y transparencia para escoger contralores de comprobadas condiciones técnicas, especializadas y con autonomía frente a órganos políticos.
En el propio informe de conciliación del Proyecto de Acto Legislativo en referencia se expusieron salvedades al mantenimiento del sistema de elección actual: “Uno de los ejes transversales de la Constitución de 1991, en cuanto a la función pública corresponde, es la introducción de sistemas de meritocracia para el acceso de los servidores públicos al Estado. Una Reforma de Equilibrio de Poderes, principalmente en lo que respecta a los Órganos de Control y Vigilancia debe pasar por fortalecer los concursos de méritos públicos para generar cada vez más independencia y rigurosidad en las personas que tiene a su cargo la vigilancia de la gestión del Estado. (…) En razón a esto pongo de presente mi oposición, principalmente a la adopción del texto aprobado en la Cámara de Representantes sobre el artículo 30 del informe de conciliación, el cual elimina el acceso transparente y meritocrático de los Contralores Departamentales, Distritales y Municipales que fue aprobado en la Plenaria del Senado de la República” (Gaceta del Congreso Número 855 del 11 de diciembre de 2014).
2. El actual sistema de elección es uno de los factores que impide que el control fiscal combata efectivamente la corrupción
El sistema de control fiscal territorial actual adolece de graves deficiencias, en buena parte por su estrecha relación con órganos políticos vinculados con funcionarios vigilados por las contralorías.
El estudio “El Sistema de Control Fiscal Nacional” elaborado por Ochoa y Charris[2], encuentra que “... la politiquería y el clientelismo político han deteriorado el control fiscal en su calidad (...) Esto ha facilitado la realización de numerosos ilícitos en los gobiernos locales y ha estimulado el avance de la corrupción.”
“La debilidad radica básicamente en el mecanismo de elección de los contralores quienes al ser elegidos por los órganos de elección popular pierden independencia en el ejercicio de una función de control, ya que estas corporaciones forman parte de las entidades a las que la Contraloría debería vigilar. (…) Los contralores, si bien reúnen las calidades formales de la ley, no han resultado tener la experiencia y conocimientos necesarios para gerenciar el nuevo sistema de control fiscal y su sistema de auditoría, que requiere conocimientos profundos y una preparación técnica adecuada.”[3]
3. Evaluaciones de la Auditoría General de la República revelan graves fallas en el desempeño de los contralores regionales.
En el último informe de certificación de la Gestión de las Contralorías realizado por la Auditoría General de la República, de 63 departamentos y municipios solo 48 fueron certificados y de estos tan solo 5 tuvieron el rango de “excelente”.[4]
4. La efectividad en materia de control fiscal es muy inferior al disciplinario.
Mientras en 2013 se investigaba disciplinariamente al 90 por ciento de los alcaldes y el 100 por ciento de los gobernadores, las contralorías regionales, según informes de la Auditoría General de la República, “(…) registran niveles de recuperación de recursos inferiores al 2.3”[5]. De los 3.4 billones que buscan recuperar la contralorías en procesos de responsabilidad fiscal, la recuperación anual es de 79 mil millones de pesos.”
5. El Auditor General de la República del período 2009-2011 conceptuó sobre sobre la problemática del actual sistema de elección de los contralores regionales, y sobre su efecto en los resultados de la gestión fiscal territorial.
“Hay una razón de fondo que hace que este sea un panorama del control fiscal territorial preocupante: la forma de elección de los contralores, en la cual intervienen en una primera instancia los tribunales al conformar las ternas; en segunda instancia intervienen las corporaciones públicas de elección popular, quienes al realizar la elección del contralor son permeadas por intereses políticos y hasta económicos que afectan la imparcialidad del respectivo contralor.”[6]
“El universo de las entidades que son sujetos de vigilancia por parte de las 62 contralorías del país corresponde a 7.963, de las cuales, a comienzos de esta década, se auditaron 3.281. Veinte años después de entrado en vigencia el sistema del Plan Único de Cuentas, las contralorías territoriales no habían realizado ni una sola auditoría a los estados contables en 460 municipios del país.”
6. La elección de los contralores por concurso de méritos contribuiría a generar un equilibrio de poderes en las regiones.
La elección de contralores mediante concurso organizado por la Comisión Nacional del Servicio Civil contribuiría al equilibrio de poderes en la medida en que permite independencia de los contralores frente a las Asambleas Departamentales y los Concejos Municipales y Distritales, que por efectos del clientelismo pueden tener intereses en los asuntos fiscales de entidades dirigidas o integradas por aliados políticos.
La Comisión Nacional del Servicio Civil tiene la función constitucional de ser “responsable de la administración y vigilancia de las carreras de los servidores públicos”[7] y sus comisionados son elegidos por concurso de méritos organizado por la ESAP y la Universidad Nacional.
7. Las instituciones deben tomar correctivos frente a casos de corrupción como el Bogotá, en que la Contraloría Distrital no detectó irregularidades y fue partícipe del fraude
Durante la administración Moreno Rojas, en Bogotá se produjo un “desfalco de más de $2,2 billones”[8]. “La mayor disponibilidad de recursos y unas herramientas de control poco eficaces, significaron una mayor captura del Estado por parte de élites locales.”[9]
La reincorporación del inciso del artículo en referencia puede generar un cambio sustancial en la vida de las regiones, contribuyendo a un control fiscal eficaz y autónomo y al equilibrio de poderes.
En nombre de la sociedad civil, agradecemos la voluntad política que el Gobierno Nacional pueda prestar para que no se ahogue esta iniciativa trascendental del Senado de la República.
Cordialmente,
Firmada por:
Alvaro Forero Tascón Director Fundación Liderazgo y Democracia
Elizabeth Ungar Directora Transparencia por Colombia
Alejandra Barrios Directora Misión de Observación Electoral – MOE
Laura Wills Directora Congreso Visible
Lina María Ramírez Presidente Cámara de Comercio de Manizales
Carolina Calderón Directora de Funcicar
Catalina Montoya Directora de la Unidad de Acción Vallecaucana
Rafael Aubad Director de Proantioquia
Amylcar Acosta Director de la Federación de Departamentos
(sigue)
C.C. Presidente Senado de la República
Presidente Cámara de Representantes
Presidente Comisión Primera del Senado de la República
Presidente Comisión Primera de la Cámara de Representantes
Lea más sobre el desarrollo de este proyecto en la sección de noticias de la Fundación en este LINK
[1] Subrayas fuera del texto original.
[2] Ochoa, H. y Charris , S. (2003) “Propuesta de un Modelo de Control Fiscal para el Estado colombiano: El sistema de control fiscal nacional”. Estud.gerenc. vol.19 no.89 Cali Oct./Dec. 2003. En: http://www.scielo.org.co/scielo.php?pid=S0123-59232003000400001&script=sci_arttext
[3] López, C. (2006) “Control Fiscal Territorial. Fundamentos de Reforma”. Editorial Universidad del Rosario. Pp. 163.
[4] Los resultados se clasifican en los siguientes rangos: “excelente” (100-91), “bueno” (91-76), “regular” (76-51) y “deficiente/inexistente” (51-0). Aunque a quienes reciban un rango “excelente” y “bueno” se les certifica, cabe señalar que para la Auditoría General de la República, un rango “bueno” significa que aun hay deficiencias en el desarrollo del control fiscal generando así un riesgo en el manejo de las finanzas públicas.
Tomado del informe: Certificación de la Gestión de las Contralorías - Vigencia 2013 evaluada en 2014. Auditoría General de la República. En: www.auditoria.gov.co
[5] Gómez, I. (2011) “El camino de la transformación del control fiscal colombiano. Informe de gestión y resultados 2009 – 2011” Auditoría General de la República. Iván Darío Gómez Lee. Auditor General de la República. Pp. 49.
[6] Gómez, I. (2010) “Hacia la transformación del control fiscal territorial.”Auditoría General de la República. Iván Darío Gómez Lee. Auditor General de la República. Pp. 57.
[7] Artículo 130 de la Constitución Política de Colombia.
[8] El Espectador. Las condenas por el carrusel de la contratación. 29 de octubre de 2014. En: http://www.elespectador.com/noticias/judicial/condenas-el-carrusel-de-contratacion-articulo-524705
[9] Gamarra Vergara, J. (2003) “Desfalcos y regiones: un análisis de los procesos de Responsabilidad Fiscal en Colombia”. Banco de la República. Centro de Estudios Económicos – CEER- Cartagena. Documentos de trabajo sobre economía regional. No. 66. Pp. 22.
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